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Boletín de noticias 22 de febrero de 2012
EL TIEMPO
DE CITADOR A PRESIDIR LA CORTE SUPREMA
A Javier Zapata le resaltan espiritualidad, respetuosidad, humanismo, y enorme capacidad discursiva.
El jurista antioqueño, Javier Zapata, es el nuevo presidente de la Corte Suprema de Justicia.
“El mejor bachiller de este año es Javier Zapata”, dijo el rector, luego congresista, Ramón Elejalde, en la ceremonia de grados del Idem San José del municipio de Venecia, suroeste de Antioquia, en diciembre de 1971.
La hermana Fanny Arteaga, secretaria del colegio, ubicado al lado de la iglesia, al igual que todos los asistentes, sabía quién iba a ser el elegido.
El joven delgado, campesino y de mirada tímida fue aplaudido por los invitados, entre ellos, Álvaro Rendón Sierra, Juez Superior de Medellín. Este era hijo del ebanista del pueblo, quien luego le dijo al rector que le propusiera a Zapata viajar a la ciudad para trabajar como citador en su juzgado, siempre y cuando quisiera estudiar Derecho.
Al ser consultado, Javier no pudo contener su júbilo y corrió a casa, en la vereda Ventiadero, a darle la noticia a su familia. Javier caminaba todos los días los tres kilómetros que separaban la vereda donde vivía y el colegio.No tenía necesidad de hacer más deporte.
Recuerda que en ese entonces Venecia estaba rodeado de caña y café, y que en sus ratos libres le ayudaba a su padre en las tareas del campo. También cuidaba en su casa de los cerdos de doña Bertha Gutiérrez, para ayudarse un poco económicamente.
Al año siguiente, 1972, Javier empacó sus pocas pertenencias y viajó a Medellín para asumir su primer cargo en la rama judicial. Según él, como no había teléfonos en los juzgados, se caminó muchas de las aún polvorientas calles de la ciudad entregando las notificaciones. Luego ascendió a escribiente.
Virginia Zapata, su hermana, recuerda que si no hubiera sido por la responsabilidad de Javier y por el apoyo que le brindó el abogado Rendón, difícilmente hubiera podido iniciar la carrera de Derecho en la Universidad de Medellín, pues su padre, Carlos, era agricultor, y la mamá, Ana, permanecía en la casa, donde vivían otros 12 hermanos.
En sus primeros días en la capital alquiló una pequeña habitación donde sólo había espacio para su cama y los libros que iba comprando con lo poco que le quedaba. Varias familias de Venecia y el sacerdote del pueblo le ayudaron con ropa y con algunos recursos.
Una vez se graduó con honores de la Universidad, fue nombrado Juez Penal Municipal y ejerció en Rionegro y Medellín. Luego se desempeñó como Juez de Circuito en Caucasia, Marinilla, Envigado y Rionegro.
En 1990, en plena guerra contra el narcotráfico, fue elegido magistrado del Tribunal Superior de Medellín, que también presidió. Uno de los mejores amigos de su adolescencia, Jesús María Pérez, dice que Zapata es fruto del sacrificio, de la humildad y de su fe.
“Hemos permanecido en contacto siempre. Lo recuerdo como un buen orador, un poco tímido, pero siempre como el mejor de la clase. Mientras nosotros rompíamos zapatos jugando pelota en los potreros, el rompía neuronas leyendo literatura y filosofía”, agrega.
Zapata se especializó en Derecho Penal y Criminología en el mismo claustro, y en Derecho Comercial en la Universidad Pontificia Bolivariana, mientras alternaba como docente en las universidades de Medellín, Cooperativa, Pontificia Bolivariana, San Buenaventura, y del Litoral.
Formó un hogar con la licenciada paisa Elena Cadavid, en el que nacieron Daniel y Juliana, hoy un abogado y una médica dermatóloga. Su ascenso profesional nunca se detuvo.
Un par de años después fue nombrado por los magistrados de la Corte Suprema como uno de sus nuevos miembros para un periodo de ocho años, de una lista conformada por el Consejo Superior de la Judicatura. Su liderazgo ya era notorio.
En el 2008 ocupó la vicepresidencia de la Corte y un año después fungió como presidente encargado. En enero de 2009 inició su rol como presidente de la Sala Penal, una de las cuatro que componen la Corte. Desde allí, el país lo conoció por ser un abanderado de la justicia digital.
Llegó a expresar en diversas ocasiones que sólo la tecnología, con la ayuda de la oralidad, podía traer más agilidad a la rama judicial y ayudar a evitar problemas de corrupción y manipulación de las decisiones.
También, desde la Corte le tocó enfrentar los principales escándalos de corrupción de funcionarios públicos, los vínculos de políticos con grupos ilegales, y estudiar las solicitudes de extradición.
LA CORTE ORDENA DEVOLVER $30 MIL MILLONES AL MINISTERIO DE CULTURA
El presupuesto del Mincultura es el más pequeño del Gobierno Nacional, con $135.000 millones.
Un fallo de la Corte Constitucional ordena que los dineros para la cultura girados a los departamentos, entre el 2003 y el 2010, y que no fueron ejecutados, regresen al Ministerio de Cultura.
"Siempre que pedíamos más presupuesto para la cultura, el Ministerio de Hacienda nos respondía: pero es que en los departamentos no se ejecutan los recursos del Iva. Entonces, cuando se inició la discusión del Plan de Desarrollo, propusimos incluir un artículo (el 175 en la Ley 1450 de 2011) para que esa plata no ejecutada se destinara al Ministerio de Cultura", explicó la jefe de esta cartera, Mariana Garcés Córdoba.
La Corte decidió que ese artículo era exequible y de esa manera el Ministerio logró recuperar 30.000 millones de pesos que dejaron de ejecutarse durante siete años. Ahora, ese dinero se sumará al presupuesto del Ministerio a partir del 2013.
"Lo que queremos es devolvérselo a las regiones y que lo inviertan en temas patrimoniales, pero que se ejecuten", dijo Garcés.
En Colombia, el impuesto del 4 por ciento del Iva a la telefonía celular se destina en un 75 por ciento al deporte y el 25 por ciento restante se dirige a los departamentos para que inviertan específicamente en cultura.
Sin embargo, el Ministerio de Hacienda detectó que a pesar de recibir los recursos, había un rezago en la ejecución y decretó que si no lo hacían hasta diciembre de 2011, todo ese dinero tenía que regresar al Presupuesto General de la Nación. La novedad es que ahora irá al Tesoro Nacional y este lo entregará al Ministerio de Cultura, para que sea invertido en asuntos de patrimonio.
"Todos los departamentos en mayor o menor medida tienen saldos sin ejecutar y eso ocurre a veces por falta de información; porque invierten en lo que no está permitido y deben devolver los recursos y en muchos casos porque juega la política o desinterés de los gobernantes locales", agregó la Ministra, aunque aclaró que no encontraron casos de corrupción.
PEDIRÁN EXHUMACIÓN DE VÍCTIMAS DE HOLOCAUSTO DEL PALACIO DE JUSTICIA
El coronel (r.) Edilberto Sánchez, acusado por desaparición forzada, junto a otros militares.
Un nuevo capítulo por estos hechos está a punto de ser abierto por el Juez 51 penal de Bogotá.
El titular, quien juzga al coronel en retiro Edilberto Sánchez y a otros cuatro militares por desaparición forzada, debe decidir si acoge las conclusiones a las que llegó el Tribunal Superior de Bogotá en la condena contra el coronel Alfonso Plazas, en la que cuestiona el proceso que se hizo para establecer la identidad de las víctimas.
La Procuraduría anunció que mañana hará formal ante el juez la petición de verificar los cuestionamientos hechos por el Tribunal. El representante del Ministerio Público cree que el Juez 51 debe practicar estas nuevas pruebas antes de dar por terminado el juicio y emitir una sentencia.
En el fallo los magistrados del Tribunal consideran que de las once personas desaparecidas solo hay evidencias reales que demostrarían que ese delito afectó a dos de ellas.
"Resulta evidente que hay mucha información aún por verificar y análisis por hacer para tener como agotada, según lo postula la sentencia, la hipótesis de que los hoy desaparecidos no están entre los cadáveres correspondientes a los hechos del Palacio de Justicia", señala el Tribunal.
Fuentes del Tribunal señalaron que la decisión en el caso Plazas Vega debe llevar incluso a la exhumación de los restos.
El abogado Jorge Molano, representante de las víctimas del Palacio, dijo que esa decisión es potestad del juez, pero que hay inquietud sobre la posibilidad de que en la segunda instancia esos procesos corran la misma suerte que el de Plazas Vega.
CONSEJO DE ESTADO MANTIENE INVESTIDURA A OCHO CONGRESISTAS DE 'LA U'
El máximo tribunal de lo contencioso desestimó que hayan incurrido en tráfico de influencias.
La decisión también cobija a Armando Benedetti, Dilian Francisca Toro Torres, Manuel Mesías Enríquez Rosero, Piedad del Socorro Zuccardi de García, Juan Carlos Roberto Vélez Uribe, José David Name Cardozo, Carlos Roberto Ferro Solanilla y Jorge Aurelio Iragorri Hormaza.
La demanda pedía la pérdida de investidura de los congresistas por supuesto tráfico de influencias al someter a aprobación, en la Plenaria del Senado, el nombre de la Senadora María Isabel Mejía Marulanda, para integrar la Comisión Primera y al Senador Charles Shultz, para integrar la Comisión Cuarta.
Según el demandante, el abogado Pablo Bustos de la Asociación Red Nacional de Veedurías, los senadores del Partido de 'la U' no han debido valerse de su condición para pedir que Mejía Marulanda, quien hacía parte de la Comisión Cuarta, fuera elegida en la Comisión Primera. Quien debía llenar esta vacante era el Senador Shultz, que ante la renuncia de Jorge Visbal Martelo, era quien seguía en la lista del Partido de 'la U'.
La Sala Plena del Consejo de Estado determinó que el reglamento del Congreso permite a las cámaras la autorización del cambio o traslado de los integrantes de las comisiones y que los congresistas están facultados para presentar proposiciones.
La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo tampoco recibió pruebas que señalaran que los congresistas acusados hayan recibido, dado o prometido, algún dinero o dádiva a los integrantes de la plenaria del Senado para que aprobaran la elección de la senadora Mejía Marulanda en la Comisión Primera.
SOBREVIVIENTE DE PALACIO NARRÓ PERSECUCIÓN QUE SUFRIÓ TRAS LA RETOMA
El exmagistrado Nicolás Pájaro contó que hasta el hospital lo fueron a buscar hombres armados.
Pájaro, sobreviviente de la toma del Palacio de Justicia, reveló que hasta el hospital en el que se encontraba fueron hombres armados a buscarlo y a acusarlo de guerrillero.
Durante una audiencia en el juzgado 55 penal, el exmagistrado dijo que sin el apoyo de los médicos del centro asistencial que lo protegieron otra habría sido su suerte.
"Un soldado irrumpió en la sala de cirugía en la que me iban a operar de las heridas de bala que había recibido y los médicos no dejaron que me llevara. Si me dejan en manos de ese soldado yo estaba entre los desaparecidos", dijo el exmagistrado.
Relató, durante el juicio contra cinco militares por las desapariciones que se dieron en la retoma del Palacio, que antes, en el centro médico, otro soldado le había advertido: "usted no puede hablar, usted se calla".
Igualmente, dijo que hombres de civil y armados se acercaron a la camilla en la que se encontraba acusándolo de guerrillero y luego otro militar uniformado lo siguió hasta un ascensor, en donde siguió con los señalamientos.
"Alguien dio la orden para que fueran al hospital y me sacaran; ahí puede estar el origen de muchas cosas", dijo.
El exmagistrado dijo que tras la cirugía los médicos lo escondieron porque lo seguían buscando para trasladarlo a otro lugar.
"En el Palacio nosotros terminamos en el baño del segundo piso, allí veíamos como los francotiradores de la Fuerza Pública disparaban indiscriminadamente; nosotros nos levantábamos con temor de que nos hirieran; incluso una de esas balas casi me cae en la cabeza", añadió.
El exmagistrado dijo que antes de salir del Palacio los guerrilleros permitieron la salida de las mujeres del baño y allí salieron dos de las guerrilleras de las que no sabe que pasó. "Luego dejaron salir a los heridos y en ese grupo salgo yo, estuve casi una hora en la casa del florero y de allí los hombres de la cruz roja me vieron llorar y me trasladaron a un centro asistencial ", precisó.
Los voluntarios de la Cruz Roja, según el relato, le preguntaron si lo trasladaban a la Caja Nacional de Previsión o al Hospital Militar, y el pidió que lo llevaran a la Caja.
"Me salvé fue por tacaño, porque no dejé que me llevaran a otro lugar distinto", indicó.
LA OTRA SEMANA DEFINIRÁN SI LA FISCAL GENERAL SE MANTIENE EN SU CARGO
La sesión plena del Consejo de Estado fue levantada y convocada para la otra semana.
En la mañana de este martes, 'La W Radio' informó que el proyecto de fallo avalaría la elección de Viviane Morales como Fiscal General de la Nación.
La información da cuenta de que la ponencia del magistrado Alberto Yepes, sobre la elección de la fiscal Viviane Morales, diría que esta se habría ajustado a la ley.
El magistrado propondría en su proyecto de fallo que se rechacen las solicitudes de nulidad presentadas ante el Consejo de Estado.Esta ponencia deberá ser debatida y votada por los 27 consejeros de Estado.
La Fiscal fue elegida en diciembre del 2010 por la Corte Suprema de Justicia.
Esta acta definirá si la Fiscal General se queda en su cargo
El acta 40 de la Corte Suprema de Justicia, correspondiente a la sesión de Sala Plena celebrada el 23 de noviembre de 2010 y que EL TIEMPO.COM obtuvo en exclusiva, es la pieza clave de la demanda que este martes discuten los 27 miembros del Consejo de Estado contra la elección de la fiscal General, Viviane Morales Hoyos.
En ese documento quedó plasmado el procedimiento que la Corte Suprema de Justicia aplicó para acabar con la el bache de 16 meses en la elección del sucesor de Mario Iguarán, que fue demandado y que ahora tiene en vilo la continuidad de Morales en el segundo cargo más importante en Colombia.
Ese día la Corte se declaró en sesión permanente para destrabar el proceso de elección. En las discusiones sólo estaban presentes 18 de los 23 magistrados de corporación, pues para ese momento había cinco vacantes por cumplimiento de periodo.
Y la fórmula que se decidió, y que ahora está cuestionada, fue darle un giro al reglamento interno de la Corte, que obligaba a que la elección fuera respaldada por al menos 16 magistrados (dos terceras partes, mayoría calificada).
Morales salió elegida con 14 votos --los mismos que habían obtenido antes otros ternados como Margarita Cabello-- porque los magistrados consideraron que la mayoría debía definirse sobre el número de magistrados activos en la Corte (18) y no sobre los 23.
Ese mismo día, varios miembros de la Corte advirtieron de la posible ilegalidad del procedimiento. La intervención más contundente fue la del entonces presidente de la Corte, Jaime Arrubla, quien señaló lo siguiente:
"Dentro de los males que ocasionaría esto: uno, que la decisión va a ser demandada, va a ser criticada; y otro, que la Corte no salga con nada porque no surtieron efectos los mecanismos que pusimos en marcha y que debieron haber arrojado por lo menos 16 votos (...) Yo creo que entre esos dos males para la Corte, opto por interpretar positivamente esta propuesta (la del cambio de mayoría), a pesar de que, repito, yo mismo tengo mis reservas. Eso sí, lo hago por esta sola vez y para que salgan estas votaciones. Si no salen, tampoco vuelvo, ni quedo obligado a seguir interpretando de esta manera".
Morales, integrante de la tercera terna que había sido puesta a consideración de la Corte por el Ejecutivo (dos del gobierno Uribe y una del gobierno Santos), se convirtió así en la primera mujer en ocupar el cargo de Fiscal General de la Nación.
Este es el proceso, según el acta clave:
23 de noviembre del 2010
3:23 de la tarde
El magistrado Jaime Alberto Arrubla, de la Sala Civil, abrió la sesión como presidente encargado de la corporación y puso a consideración el único tema que estaba en la agenda: la elección del Fiscal. Sin preámbulos propuso conformar una comisión de tres magistrados, en representación de cada una de las salas que integran ese tribunal, para que estudiaran la situación y propusieran una fórmula que permitiera en consenso y conseguir el humo blanco que el país esperaba.
Los magistrados nombraron a sus colegas Augusto Ibáñez, de la Sala Penal; Pedro Octavio Munar, de la Sala Civil; y Francisco Ricaurte, de la Sala Laboral. Después de escuchar a los miembros de la comisión decidieron que debían declararse en sesión permanente.
El 29 de noviembre del 2010
5:25 de la tarde
El magistrado Arrubla informó a la Sala que la sesión no se pudo reanudar antes por problemas de salud del magistrado Sigifredo Espinosa, de la Sala Penal, y anunció que la Comisión había logrado una fórmula para adelantar las elecciones que tenían pendientes.
En esa misma sesión se decidió reconocer la nueva terna a Fiscal que presentó el presidente Juan Manuel Santos para destrabar esa elección. La lista estaba conformada por los abogados Juan Carlos Esguerra, Viviane Morales y Carlos Gustavo Arrieta. Los tres fueron convocados a audiencia pública para escucharlos en entrevista.
1 de diciembre del 2010
10:00 de la mañana
La Corte escucha a los candidatos a Fiscal en audiencia televisada y reanuda sesión a las 6:00 de la tarde. Empieza, conforme lo propuso la comisión, a votar todas las elecciones que tenía pendientes (presidente y cinco cargos de magistrado vacantes, además de Fiscal General) en bloque.
En la primera votación por Fiscal, Viviane Morales obtiene 13 votos y Juan Carlos Esguerra, 5. Ante la dificultad de alcanzar la mayoría calificada de 16 votos, los magistrados de la Comisión Accidental hacen una nueva propuesta: "adoptar por única vez, para superar esta dificultad, el criterio de que las dos terceras partes de los votos (la mayoría calificada, según el reglamento de la Corte) se calcule no sobre los 23 magistrados que deben integrar la corte Suprema sino sobre los 18 que actualmente la componen".
La propuesta es rechazada de inmediato por los magistrados María del Rosario González de Lemos y Alfredo Gómez Quintero (Sala Penal), William Namen Vargas y Edgardo Villamil Portilla (Sala Civil) y Gustavo José Gnecco (Sala Laboral). Los cinco argumentaron que la propuesta "contraría el reglamento, el cual es claro, además de que la propuesta, a su juicio, no era una interpretación sino en realidad una reforma al reglamento, para lo cual el mismo señala un trámite específico".
El planteamiento de los cinco magistrados que se opusieron fue refutado por el magistrado Camilo Tarquino (Sala Laboral). Él dijo que la interpretación sobre la base del quórum era ajustada al reglamento. El magistrado José Leonidas Bustos (Sala Penal) apoyó a su colega Tarquino y dijo: "No estamos haciendo una rebaja del quórum sino que estamos interpretando cabalmente el reglamento, porque hay ausencia definitiva de cinco miembros".
El magistrado Gnecco volvió a tomar la palabra y exigió que si se iba a votar esa proposición se hiciera en forma nominal, para que quedara constancia de quiénes la apoyaban.
El presidente encargado, el magistrado Arrubla, antes de dar su voto dejó esta advertencia: "Voto afirmativamente (la propuesta). No obstante, en esto quiero aclarar (que) me parece que la interpretación correcta es sobre 23 votos, porque esos son los miembros de la Corte. Sin embargo, donde estoy puesto por destino, por casualidad, me toca percibir lo que está sucediendo hacia afuera. Lo ideal para mí era que hubiéramos salido con 16 votos y que no hubiéramos tenido que hacer ninguna interpretación".
Y prosiguió: " Dentro de los males que ocasionaría esto, uno que la decisión va a ser demandada, va a ser criticada, y otro, que la Corte no salga con nada porque no surtieron efectos los mecanismos que pusimos en marcha y que debieron haber arrojado por lo menos 16 votos (...), creo que entre esos dos males para la Corte, opto por interpretar positivamente esta propuesta. A pesar de que, repito, yo mismo tengo mis reservas. Eso sí, lo hago por esta sola vez y para que salgan estas votaciones. Si no salen, tampoco vuelvo, ni quedo obligado a seguir interpretando de esta manera".
Acto seguido, anunció el resultado de la votación de la propuesta: 13 magistrados, de los 18 presentes, la apoyaron. Los cinco que la rechazaron expresaron su oposición con salvamentos de voto.
2 de diciembre del 2010
00:30 de la madrugada
Se vuelve a votar por Fiscal con el siguiente resultado:
Juan Carlos Esguerra: 2 votos
Viviane Morales: 14 votos
En blanco: 2
MINJUSTICIA PIDIÓ ATENCIÓN SOBRE CASO DE 'CARRUSEL' DE PENSIONES
Solicitó al Consejo de Estado que dirima conflicto de competencias por este caso en la Judicatura.
En una carta enviada el viernes a la Sala de Consulta del Consejo de Estado, el Ministerio de Justicia le pidió a este tribunal que dirima el conflicto de competencias que hay para investigar al Consejo Superior de la Judicatura por 'carrusel' de pensiones.
Así lo confirmó el Ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, quien aseguró que este tribunal tiene la competencia no sólo de dar un concepto sobre el tema sino de tomar una decisión sobre si es la Contraloría o la Comisión de Acusaciones la que puede investigar fiscalmente a los magistrados de la Judicatura.
En días pasados, el Consejo Superior de la Judicatura nombró a siete conjueces para que se encargaran de resolver este conflicto. Sin embargo, a través de varias comunicaciones, la Contraloría ha manifestado su desacuerdo con que la Judicatura sea juez y parte en el mismo caso.
El viernes pasado llegó a la Comisión de Acusación de la Cámara una denuncia que señala que en el Consejo de Estado se podría estar gestando otro 'carrusel de pensiones'.
Esta vez los beneficiarios no serían magistrados auxiliares sino titulares, que por su edad no podrían cumplir con el periodo de ocho años, pero sí saldrían jubilados con una mesada millonaria.
La denuncia -de la que se conoce la procedencia pero aún no se ha repartido para ser verificada- menciona cuatro casos de magistrados de tribunales contenciosos del país que llegaron a ocupar puestos en el Consejo de Estado cerca de la edad de retiro forzoso: 65 años.
El documento advierte que ellos se verían beneficiados del decreto de 1971, que permite que quienes ocupan magistraturas se jubilen con el mejor sueldo del último año. El ascenso al Consejo significa saltar de una pensión de alrededor de 16 millones de pesos a una de magistrado de alta corte, que representa al menos un 20 por ciento más (entre 19 y 23 millones de pesos).
EL ESPECTADOR
ACUSAN A JUEZ MILITAR QUE RECLAMÓ PROCESO CONTRA CORONEL PLAZAS VEGA
La Fiscalía le imputó el delito de prevaricato por promover colisión de competencias en el proceso.
El juez penal militar Mauricio Cujar rechaza que su petición sea parcializada. “Yo soy un juez autónomo”, dice.
Un Fiscal delegado presentará este miércoles ante un magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, el escrito de acusación contra el juez Primero de División del Ejército, mayor (r) Mauricio Cujar Gutiérrez por promover colisión de competencias en el proceso judicial que se adelantaba contra el coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega por los desaparecidos del Palacio de Justicia.
El pasado 20 de octubre, la Fiscalía le imputó el delito de prevaricato por acción al funcionario judicial, señalando que en 2009 solicitó la competencia para juzgar al coronel en retiro Luis Alfonso Plazas Vega, pese a que el proceso ya se encontraba en la justicia ordinaria.
En esa oportunidad, el juez primero de Instancia de Divisiones del Ejército le envió una solicitud a la Juez Tercera Especializada de Bogotá, María Stella Jara, para que aceptara el traspaso del proceso de su despacho a la justicia penal militar.
El mayor Cujar manifestó que los hechos por los que era investigado el excomandante de la Escuela de Caballería “fueron originadas en una operación militar”, precisando que el coronel Plazas Vega había tenido como principal misión durante la toma del Palacio de Justicia “trasladar los vehículos blindados” el 6 de noviembre de 1985 para rescatar a los rehenes.
Ante esta solicitud los representantes de los desaparecidos del Palacio de Justicia denunciaron al juez militar considerando que dicha petición fue un abuso de autoridad para entorpecer el caso.
Dos semanas después, el magistrado Ovidio Claros Polanco, el Consejo Superior de la Judicatura, decidió dejar en manos de la justicia ordinaria, y no la penal militar el proceso en contra del coronel en retiro.
Según el ponente de la decisión, fueron las dudas que surgieron en el estudio del caso. “Cuando persista una duda, debe pronunciarse la justicia ordinaria” y agregó “existen dudas cuanto a lo que son los actos del servicio y aún hoy hay personas cuyo paradero no se conoce”.
El pasado 30 de enero, el Tribunal Superior de Bogotá ratificó la condena de 30 años de prisión contra el coronel Plazas Vega por el delito de desaparición forzada por los hechos del Palacio de Justicia.
REVOLCÓN EN JUSTICIA PENAL MILITAR
Los temas que abordará el proyecto que presentará el Gobierno ante el Congreso son de un complejo calado que, aseguran, va más allá de la modificación a un artículo de la Constitución.
La propuesta de la comisión asesora busca definir claramente las competencias de la justicia militar y la ordinaria.
El diagnóstico de la Comisión de Alto Nivel para el estudio de la reforma a la justicia penal militar fue contundente: los problemas, las dudas y la incertidumbre en los miembros de la Fuerza Pública frente a los actos de servicio que pueden ser objeto de investigación no se resuelven con un simple artículo que fortalezca el fuero militar.
Este fue el argumento que motivó al gobierno del presidente Juan Manuel Santos a anunciar la presentación de una iniciativa de fondo que, aunque ha generado posiciones encontradas, será radicada ante el Congreso cuando inicie, en marzo, el nuevo período legislativo.
Y no son pocos los temas que incluirá dicho proyecto y que a juicio de uno de los integrantes de la comisión, el exmagistrado de la Corte Constitucional Manuel José Cepeda, propone una reforma integral relacionada con el juzgamiento de miembros de la Fuerza Pública por la justicia militar y la justicia ordinaria: “La iniciativa es equilibrada, rigurosa y fue adoptada por consenso entre todos los miembros de la comisión”.
Los puntos de los que habla Cepeda son: una definición concreta sobre la competencia de la justicia penal militar y la justicia penal ordinaria frente a los actos en servicio de miembros de la Fuerza Pública, elevar a rango constitucional los delitos que bajo ningún motivo pueden ser abordados por la justicia militar, la definición de lo que implica un acto de servicio en el marco del conflicto armado y el trámite de una ley estatutaria que fije las reglas del Derecho Internacional Humanitario dentro del Derecho Penal Nacional colombiano.
Además, el documento de la comisión asesora plantea la creación de una nueva comisión que defina con prontitud si los actos ilícitos son objeto de investigación de la justicia penal militar o la justicia ordinaria, la constitución de un tribunal de garantías que vele por los derechos de los miembros de la Fuerza Pública que son investigados y la posibilidad de crear la justicia penal policial.
Comisión que defina el tribunal encargado del juzgamiento
Uno de los temas que más preocupación genera tiene que ver con el posible choque de trenes entra la justicia militar y la ordinaria por la decisión de quién es la encargada de conocer en primera instancia las investigaciones contra miembros de la Fuerza Pública. Al respecto, el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, manifestó que se creará una comisión mixta —compuesta por miembros de ambos sectores— que sobre el terreno mismo donde se dieron los hechos defina la responsabilidad.
Esta comisión, afirma Cepeda, “debe realizar una investigación pronta, coordinada y del más alto nivel, que constate los hechos sucedidos y llegue a una conclusión sobre la justicia competente para conocer de la conducta punible”.
Delitos que no pueden ser investigados por la justicia militar
El ministro Esguerra manifestó la necesidad de elevar a rango constitucional los crímenes que bajo ningún motivo serán del resorte de la justicia militar. Estos son: la desaparición forzada, abusos sexuales, asesinato, exterminio, tortura, ejecuciones extrajudiciales y crímenes de lesa humanidad. Para Cepeda, es la Constitución la que debe definir cuáles delitos pueden ser juzgados por la justicia ordinaria en el marco del conflicto interno.
Ley estatutaria que defina reglas acordes con el DIH
Aunque el grueso de las modificaciones estarían incluidas en la reforma constitucional que se presentará en marzo, la comisión recomendó el trámite de una ley estatutaria complementaria que fije “las reglas de DIH que se aplican en un contexto de conflicto armado y que se usen dentro del derecho penal nacional. Este marco jurídico tendría que aplicarse tanto en la justicia penal militar como en la justicia penal ordinaria”, explicó Cepeda.
Justicia penal policial
La comisión de expertos, haciendo un ejercicio de derecho comparado internacional, encontró la necesidad de hacer una diferenciación entre los actos de servicio de la Fuerza Militar y la Fuerza Civil (Policía). Según argumentó el ministro Esguerra, “son distintos mundos. El radio de acción de cada una de estas fuerzas es diferente y así debe abordarse en materia penal”. Para Cepeda, “la naturaleza es diferente porque la Policía —al ser una fuerza civil— tiene funciones más cercanas a garantizar los derechos de la ciudadanía. Por el contrario, el Ejército tiene labores de campo y se fija objetivos militares”.
Tribunal de garantías
Para garantizar los derechos de los miembros de la Fuerza Pública que son investigados, tanto en la justicia penal militar como en la justicia penal ordinaria, la comisión recomendó la creación de un tribunal de garantías procesales para que revise asuntos como si hay méritos para una acusación formal, que no se viole el debido proceso y que se le respeten los derechos al acusado.
ME SALVÉ DE SER DESAPARECIDO DEL PALACIO DE JUSTICIA: EXMAGISTRADO
Nicolás Pájaro Peñaranda señaló que miembros del Ejército lo acusaron de ser guerrillero.
En un detallado relato, el exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia, Nicolás Pájaro Peñarando narró los terribles momentos que vivió durante la operación de retoma del Palacio de Justicia, registrada el siete de noviembre de 1985.
Pájaro, quien salió del edificio en llamas en el segundo día de la toma, manifestó que después de ser trasladado al Hospital para recuperarse de sus heridas, un grupo de militares fuertemente armado ingresaron a la sala de cirugías para sacarlo por la fuerza acusándolo de ser guerrillero del M-19.
Según el relato del exmagistrado, los médicos que lo atendían impidieron que los militares se lo llevaran del centro de atención, asegurando que gracias a esa acción “se salvó de ser uno más de los desaparecidos” del Palacio de Justicia.
"Un soldado irrumpió en la sala de cirugía en la que me iban a operar de las heridas de bala que había recibido y los médicos no dejaron que me llevara. Si me dejan en manos de ese soldado yo estaba entre los desaparecidos", aseguró Pájaro Peñaranda ante el juez 55 penal de Bogotá.
Según el jurista, los militares le montaron una operación de monitoreo con el fin de supervisar sus movimientos, hecho por el cual después de la cirugía los médicos de la Caja Nacional de Previsión lo escondieron en un punto del centro asistencial, hasta que los uniformados se fueran.
El exmagistrado recordó nítidamente que los militares lo amenazaron en repetidas ocasiones y lo presionaron para que guardar silencio ante los hechos que había presenciado durante la operación de retoma del Palacio de Justicia y en “las caras” que había visto en la casa del Florero, lugar a donde eran llevadas las personas que salían del Palacio de Justicia.
“Usted no puede hablar, usted se calla", le dijo uno de los militares en el centro asistencial, frases que fueron repetidas en repetidas oportunidades por los uniformados que lo señalaron de ser miembro del M-19 y haber participado en la toma del Palacio.
Abuso de la Fuerza
El exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia fue claro en asegurar que durante la operación de retoma los militares atacaron el edificio con cohetes y rockets, poniendo en grave riesgo la vida de los rehenes.
“En el Palacio nosotros terminamos en el baño del segundo piso, allí veíamos como los francotiradores de la Fuerza Pública disparaban indiscriminadamente; nosotros nos levantábamos con temor de que nos hirieran; incluso una de esas balas casi me cae en la cabeza", precisó ante las preguntas del fiscal del caso.
Estas declaraciones fueron hechas en el proceso judicial que se adelanta contra el coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano y otros cuatro militares por el delitos de desaparición forzada por los hechos que se enmarcan en el llamado Holocausto del Palacio de Justicia ocurrido hace 26 años.
ABRAZOS QUE 'MATAN'
Por: Cecilia Orozco Tascón
Hay ciertos apoyos que, en vez de honrar, despojan de honor al defendido.
A este efecto bumerán se le llama el abrazo del oso en la jerga periodística. Histórico fue, por ejemplo, el que le dio el capo de las esmeraldas Víctor Carranza a Camilo Ospina cuando contrató una página en El Tiempo para desmentir su presunta cercanía con él, en momentos en que el exministro aspiraba a ser fiscal general. Recientemente, alias don Berna declaró a favor de Carlos Alonso Lucio. No debe ser cómodo que el garante de la conducta de uno sea un exnarcoparamilitar sanguinario. Ayer, las manos del plantígrado casi asfixian el derecho a la presunción de inocencia de Luis Carlos Restrepo en el expediente que se le abrió por la falsa desmovilización de la columna Cacica Gaitana. Alias Olivo Saldaña se hizo responsable de los delitos que la Fiscalía le imputa al exfuncionario. Este delincuente, que delira y miente apenas tiene auditorio, obtuvo extraños privilegios de la oficina del alto comisionado. Ahora el guerrillero de utilería devuelve los favores recibidos pero, de seguro, cobró más por echarse al hombro las penas de otro: “prefiero irme al infierno, pero que no vayan a ir inocentes. Yo engañé al comisionado”, señaló el bandido en una conmovedora escena que me hizo llorar. En la cruzada nacional de absolución a Restrepo que se ha armado, no faltará quien diga que la prueba reina de su solvencia moral es el arrepentimiento de Saldaña. Por mi parte, tuve que secar mis lágrimas cuando me enfrenté a la triste realidad procesal que desvirtúa el supuesto de que a la Fiscalía se le fue la mano con Restrepo.
Enumero unos cuantos indicios graves que encontró el fiscal del caso, de la actuación del excomisionado: 1. Restrepo le otorgó a Saldaña la calidad de “representante” de esa estructura guerrillera, aunque en su captura figura como desertor y objetivo militar de las Farc. 2. Olivo Saldaña elaboró la lista de los integrantes del presunto grupo y por eso pudo incluir a dos hermanos suyos, a un compañero de celda, a dos hermanos y un primo de este último y a un narco pedido en extradición. Restrepo autorizó, sin hacer preguntas, beneficios para todos ellos. 3. No hay registro de diálogos o negociaciones con el Cacica Gaitana previos al acuerdo y ninguno de los asesores de Restrepo participó, como era usual, en esa operación. 4. El excomisionado no se inquietó ante el hecho de que el preso hubiera liderado otra desmovilización colectiva cuatro meses atrás en el mismo lugar. 5. Los dos coroneles que entregaron las armas a los desmovilizados falsificados y que habrían participado en su compra ilegal, el transporte de ellas en helicóptero, su almacenamiento en la RIME-5 de Inteligencia militar en Bogotá y su traslado final al Tolima, eran los enlaces del fugitivo. Y todavía sus amigos se atreven a afirmar que se le fue la mano al fiscal al imputarle los delitos que le imputó.
Entre paréntesis.- El procurador recibió del exmagistrado César Julio Valencia la petición de que investigara al exsecretario de prensa de Presidencia César Mauricio Velásquez, por unas declaraciones de éste, que Valencia consideró injuriosas. Ordóñez se negó a abrir el caso con el estrambótico argumento de que a Velásquez lo debía investigar la Comisión de Acusación porque el fuero presidencial de Uribe lo cubría a él también. Valencia interpuso tutela. La ganó en primera y segunda instancias. Su estudio en la Corte Constitucional, para revisión final, recayó en una sala de tres magistrados en donde dos fallaron hace más de ocho meses, a favor de Valencia y en contra de Ordóñez. El tercero, Mauricio González, exsecretario jurídico de Uribe y excompañero de Velásquez, engavetó la decisión y este es el día en que no la firma. Esta sí es la justicia politizada, pero no en contra, sino del lado de los uribistas.
EL TLC Y EL SISTEMA DE SALUD
Por: Rodrigo Lara
Hace quince días dediqué esta columna a un interesante estudio de Fedesarrollo sobre los precios descomunales de algunos medicamentos biotecnológicos en Colombia y su impacto en las finanzas del sistema de salud.
La Ministra Beatriz Londoño tiene en sus manos la elaboración de un decreto que fije reglas claras y transparentes que fomenten la competencia en la producción segura de medicamentos biosimilares.
Este decreto cuenta por supuesto con la oposición de sectores que no quieren perder los privilegios tarifarios de un monopolio. Sin embargo, el reto más grande de la Ministra no está en vencer el lobby organizado por estos sectores. Su dificultad mayor reside en la lógica de implementación del TLC con los Estados Unidos.
La USTR (por sus siglas en inglés la Oficina del Representante de Comercio de los Estados Unidos) es una dependencia del Gobierno estadounidense creada para sincronizar las políticas entre la industria y el gobierno en las negociaciones comerciales con otros países.
La USTR expide el Reporte 301, un listado en el que Estados Unidos clasifica a los países de acuerdo a sus esfuerzos por proteger las normas de propiedad intelectual de ese país, por lo tanto, las naciones que no cumplen sus dictámenes son clasificadas en la “Watch List” o en la “Priority Watch List”, con el fin de condicionar la aprobación de tratados de libre comercio al respeto de normas favorables a la industria norteamericana.
Este reporte tiene una sección dedicada al estado de la propiedad intelectual en el campo farmacéutico elaborada por Phrma, el poderosísimo de la industria farmacéutica en los Estados Unidos. A Colombia, la clasifican en la Watch List, y se le exige un catálogo de reformas al régimen de propiedad intelectual que pone los pelos de punta.
Para solo citar unos ejemplos, a nuestro país le piden que desmonte el incipiente régimen de control de precios de medicamentos; se solicita que establezca una normatividad de patentes para los productos biotecnológicos y de segundo uso y que extienda la protección de datos de los productos de estas multinacionales. Esto hace, en la práctica, imposible cualquier reproducción local de productos biotecnológicos y por ende preserva el monopolio del que gozan estas empresas.
Es este reporte, el 301, el mazo que utilizan los Congresistas Norteamericanos, afectos a Phrma, para exigirle a su gobierno mano dura en la implementación de los tratados de libre comercio con otros países.
Es interesante observar como Israel, hoy un líder mundial indiscutible en biotecnología, está en la oprobiosa “Priority Watch List” de este reporte; de haber cumplido con los mandatos del Reporte 301, tal vez el país hebreo no habría desarrollado esta exitosa nueva industria, como tampoco los Estados Unidos hubiera podido industrializarse en el siglo XIX de haber acatado estrictamente las patentes industriales de las naciones europeas.
En Colombia, la sostenibilidad de nuestro sistema de salud reside en el tipo de implementación que hagamos del TLC con los Estados Unidos. Esperemos que las recomendaciones de agenda interna que haga la oficina de Hernando José Gómez, el “Zar del TLC”, vayan en el buen sentido.
JUSTICIA POLITIZADA, SIN CONTROLES, CORROMPIDA"
Por: Hernán González Rodríguez
A continuación presento algunos apartes de la brillante disertación ante la Sociedad Antioqueña de Ingenieros del exmagistrado, exembajador, constitucionalista... Jesús Vallejo Mejía sobre la justicia en Colombia.
Los factores más significativos de la evidente crisis que afecta hoy a la institucionalidad judicial de nuestro país, son para Vallejo Mejía: "la justicia ideologizada, la justicia politizada, la justicia sin controles y, entre signos de interrogación, la justicia corrompida".
"La cuestión de las ideologías en el mundo jurídico es compleja y abre no pocos espacios de discusión. Cuando los jueces actúan conforme a los criterios ideológicos, generalmente aceptados en la sociedad, sus providencias suelen acogerse espontáneamente. Pero si las orientaciones que adoptan reflejan apenas puntos de vista minoritarios y, además, pretenden imponerlas a todo trance por medio de sus providencias, resulta obvio que se presten a agrias discusiones en el seno de las comunidades. Así ha sucedido con fallos como los de la legalización de la dosis personal, la eutanasia, el aborto o las uniones homosexuales, en los que la Corte Constitucional ha resuelto por sí y ante sí introducir modificaciones sustanciales y de extrema gravedad que pugnan con los sentimientos morales de gran parte de la comunidad".
"La suplantación de la normatividad jurídica por la ideología facilita la politización de la administración de justicia. En efecto, de las adhesiones ideológicas a las adhesiones políticas hay un solo paso y la tentación para darlo está siempre presente cuando no median controles adecuados sobre la conducta de los jueces y las decisiones que adoptan".
Como ejemplos de esta politización cita Vallejo la decisión de la Corte Constitucional para impedir la segunda reelección de Uribe Vélez, así como la elección bochornosa de la Fiscal General de la Nación, señora Vivian Morales, activista del samperismo y casada con un personaje tan discutible como Carlos Alonso Lucio. En ambos casos se perciben sentimientos de animadversión en la Corte contra el gobierno anterior. "No sin razones, sus medidas en los casos de Andrés Felipe Arias y Luis Carlos Restrepo han sido interpretadas como actos de persecución contra el uribismo".
"Pero la muestra más contundente de politización de la justicia la acaba de dar el fallo del Tribunal Superior de Bogotá contra el coronel Plazas Vega, medida a la que el calificativo más suave que puede endilgárseles es el de pavorosa". "Esta sentencia muestra algo muy inquietante, como es la toma de la justicia penal por la izquierda que avasalló las universidades a partir de la década de los sesenta en el siglo pasado".
Otro tema de fondo, falla en buena parte de la Carta del 91. "Nuestra separación de poderes exhibe notorios desbalances que dan pie a que se ponga en duda su efectividad. Y esos desbalances se inclinan notoriamente del lado de la rama judicial, que tiene poderes respecto de la legislativa y la ejecutiva que no se compensan adecuadamente". "De hecho, las altas cortes tiene garantizada la impunidad y es por ello que la tendencia a la dictadura judicial se ha acrecentado entre nosotros".
"Los síntomas de corrupción son alarmantes". Los nexos de algunos magistrados con el mafioso de Georgio Sale. El millón de dólares para la hermana de un exmagistrado por sus gestiones para impedir la extradición, o el "carrusel de jubilaciones" del Consejo Superior de la Judicatura.
Y concluye Vallejo Mejía: "Muchos hablan de que la única solución sería la convocatoria de una asamblea constituyente, pero en mi opinión personal ese remedio es muy discutible, habida consideración de lo que sucedió en 1991". "En rigor, la justicia es apenas el reflejo del deterioro moral de la sociedad colombiana, que parece más unida por una red de complicidades que por un tejido de solidaridades". "De qué sirven las vanas leyes si las costumbres fallan".
EL NUEVO SIGLO
ONU EXAMINARÁ DESPOJO DE TIERRAS
El Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado adelanta ante la ONU una denuncia por violación de derechos humanos y despojo de tierras por parte de la empresa Cementos Argos SA.
Las gestiones en ese sentido son realizadas por el representante a la Cámara Iván Cepeda desde que remitió una carta a Ban-Ki Moon, Secretario General de Naciones Unidas, explicándole la participación de dicha empresa en los despojos de tierras a campesinos de Los Montes de María.
La compañía había comprado 12 mil 500 hectáreas a precios minúsculos, con el agravante de tratarse de una zona fuertemente golpeada por el paramilitarismo en la década de 1990.
Adicionalmente la empresa participa en el mercado de venta de bonos por captura de dióxido de carbono en el escenario internacional, por estar en el programa de Mecanismos de Desarrollo Limpio, pero que para hacer parte de dicho programa hay que tener un código ético fundado en los derechos humanos, cosa que Argos no tiene por sus acciones en Los Montes de María, dice Cepeda en su misiva.
Casos como este motivarán movilizaciones en varias ciudades del país el próximo 6 de marzo, Día Mundial de la Dignidad de las Víctimas de Crímenes de Estado.
GOBIERNO DA VISTO BUENO A TRIBUNALES PARA POLICÍAS
La separación del juzgamiento de militares y policías fue bien vista por el Gobierno Nacional, aunque advirtió que su financiamiento y puesta en marcha obstruirían su pronta ejecución.
A pesar de que Juan Carlos Esguerra, ministro de Justicia, asegurara la necesidad de que los policías y militares sean juzgados de forma distinta, aclaró que hace falta un sistema oral que agilice los procesos, lo cual obstaculizaría la puesta en marcha de los nuevos tribunales, en caso de que éstos se aprueben en la reforma al sistema penal de los uniformados.
Que el código de conducta de los policías debe ser igualmente actualizado, dijo el Minjusticia.
“Las operaciones militares son distintas de las de policía, el mundo en que se desarrollan estas actividades son distintas”, ratificó Esguerra, anque es sabido que ambas fuerzas públicas deben trabajar en operaciones conjuntas en todo el país.
Será el Ministerio de Defensa el encargado de llevar la propuesta final sobre el tema al Congreso.
DEFENSORÍA PIDE ATENCIÓN A 262 DESPLAZADOS
Los habitantes del municipio de Caloto, en el Cauca, huyen de los incesantes combates entre la Fuerza Pública y las Farc.
Que las autoridades competentes atiendan con urgencia el desplazamiento forzado de que son víctimas 262 personas en el Cauca, así como adoptar medidas que le brinden protección a las comunidades que habitan en esa región, es lo que pide el Defensor del Pueblo, Vólmar Pérez.
La emergencia se presenta en el corregimiento de El Palo, jurisdicción del municipio de Caloto, en el norte del Cauca, como consecuencia de los cruentos enfrentamientos entre las FFMM y las Farc.
“Estamos solicitando a los organismos competentes del Estado del orden regional y nacional que se preste con urgencia la atención humanitaria de emergencia a la población desplazada y se adopten las medidas que sean necesarias para mitigar el riesgo. Del mismo modo, se valoren las condiciones de retorno a los lugares de origen, de acuerdo con los Principios Rectores de los Desplazados Internos, es decir, en condiciones de voluntariedad, de seguridad y de dignidad”, afirmó Volmar Pérez.
CAPACITAN A INDÍGENAS EN TEMAS AMBIENTALES
Ministerio Público dio a conocer a la comunidad los derechos que le asisten, así como las herramientas establecidas para su defensa.
En el asentamiento de la comunidad Kamusuchiwou, perteneciente a la etnia Wayuu, ubicada en Puerto Bolívar - Alta Guajira, la Procuraduría General de la Nación desarrolló una jornada de capacitación referente a los derechos que en materia ambiental le asisten a la comunidad indígena, así como las herramientas establecidas para su defensa.
A través de la Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, este Organismo de Control conoció las inquietudes que integrantes de la comunidad Kamusuchiwou plantearon el pasado mes de diciembre durante una mesa de diálogo interinstitucional, respecto de los problemas de orden social, ambiental y territorial que tienen frente a la explotación carbonífera del Cerrejón, específicamente con el puerto de embarque, situado al lado del área de asentamiento de la comunidad.
Durante la jornada de capacitación, que se llevó a cabo el pasado 9 de febrero, la Procuraduría General de la Nación capacitó a los miembros de la comunidad Kamusuchiwou en aspectos constitucionales del medio ambiente, presentó el Sistema Nacional Ambiental y los mecanismos de participación ciudadana en la gestión ambiental, con énfasis en la "Consulta Previa", como instrumento de defensa a la identidad étnica y cultural de las comunidades indígenas.
YA VAN CINCO PROYECTOS QUE EL GOBIERNO OBJETA AL CONGRESO
No han sido muchas las leyes que el presidente Juan Manuel Santos le ha objetado al Congreso.
Pero hay cinco bastante significativas: pensión gracia, libranza, carros robados, retén social y discriminación.
Pensión gracia
En mayo de 2011 el Congreso rechazó las objeciones presidenciales al proyecto de Ley 296 de 2010 Cámara – 114 de 2009 Senado, “por medio del cual se interpreta por vía de autoridad legislativa el artículo 15, numeral 2, literal A de la Ley 91 de 1989”, conocido como pensión gracia.
El senador Luis Carlos Avellaneda, del Polo Democrático, su autor, explicó que ésta pasó a la Corte Constitucional, que debe dirimir la diferencia de apreciación entre el Presidente de la República y el Congreso acerca de su conformidad o no con la Constitución.
Vale la pena recordar que la pensión gracia fue creada por La ley 114 de 1913 y buscaba compensar el bajo régimen salarial de los docentes a nivel nacional. En 1997 un fallo de la Corte Constitucional negó ese derecho a docentes nacionales pero se lo mantuvo a los territoriales y departamentales. La propuesta de Avellaneda es ratificar ese beneficio a los nacionales.
Para el congresista, “en caso de declararse la exequibilidad, es decir la conformidad con la Constitución, el Presidente de la República tendrá que sancionar el proyecto, pues la decisión de la Corte tiene rango de obligatoriedad y si el Presidente se negare el proyecto sería sancionado por el Presidente del Congreso”.
El Gobierno Nacional presentó objeción porque, según los cálculos del Ministerio de Hacienda, se trataba de 7.653 maestros, cifra que el senador Avellaneda desvirtuó. El costo de la decisión del Congreso asciende a 1,5 billones de pesos anuales.
El proyecto fue radicado el 26 de agosto de 2009 por un amplio grupo de legisladores, algunos de los cuales ya no tienen asiento en el Congreso; entre quienes aún ostenta esa calidad están Luis Carlos Avellaneda, Gloria Inés Ramírez y Jorge Eliécer Guevara, del Polo Democrático; Jorge Eliécer Ballesteros y Carlos Ferro, del Partido Social de Unidad Nacional (La U), y Camilo Sánchez, del Partido Liberal.
Libranza
Como lo informó EL NUEVO SIGLO el 6 de febrero, en carta dirigida por el ministro de Trabajo Rafael Pardo al presidente de la Cámara Simón Gaviria, expuso que “la objeción del Gobierno se dirige contra los artículos 1, 2, 6 y 8”, de la norma aprobada.
Se trata del proyecto de Ley 66 de 2010 – 280 de 2011 Senado, “por medio del cual se establece un marco general para la libranza o descuento directo y se dictan otras disposiciones”, radicado el 26 de agosto de 2010 por el propio Gaviria acompañado de los representantes Eduardo Crissien y Nicolás Jiménez de La U, David Barguil del Partido Conservador y Fabio Raúl Amín del Partido Liberal; la conciliación de la iniciativa fue aprobada el 14 de diciembre de 2011.
El Gobierno consideró inconveniente que los recursos de las cesantías puedan utilizarse anticipadamente para cubrir libranzas en usos diferentes a los estipulados previamente por la ley, es decir “para la compra o remodelación de vivienda o con el fin de financiar la educación del trabajador o de su familia”.
Carros robados
En otra misiva dirigida a Gaviria, esta vez por el ministro de Transporte Germán Cardona y el viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda Rodrigo de Jesús Suescún, el Gobierno se opuso a la sanción presidencial de un proyecto sobre carros robados.
Se trata del 024 de 2010 Cámara – 95 de 2011 Senado, “por medio del cual se adoptan medidas de carácter fiscal para propietarios de vehículos automotores hurtados”, radicado el 22 de septiembre de 2010 por los congresistas de la bancada del Movimiento Independiente de Renovación Absoluta (MIRA) Manuel Antonio Virgüez, Gloria Stella Díaz, Carlos Alberto Baena y Alexandra Moreno. La conciliación fue aprobada el 16 de diciembre pasado.
“Las objeciones de inconstitucionalidad se dirigen específicamente contra el artículo 1 del proyecto de ley, pero afectan la constitucionalidad del artículo 2”, manifestó el Gobierno en la comunicación.
La carta cita el artículo 294 de la Constitución Política, que establece que “la ley no podrá conceder exenciones ni tratamientos preferenciales en relación con los tributos de propiedad de las entidades territoriales”, a pesar de lo cual, agregó, “el artículo 1 del proyecto de ley de la referencia pretende conceder ciertas exenciones a los propietarios o poseedores de vehículos automotores hurtados, sobre las multas, intereses y otros cargos de los impuestos sobre vehículos automotores, que son de propiedad de las entidades territoriales de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley 488 de 1998”.
Retén social
La semana pasada, al advertir vicios de procedimiento, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió devolver al Congreso el proyecto de ley que establece un retén social en las entidades estatales para garantizar las pensiones de la población vulnerable que cumplen con los requisitos para acceder al beneficio.
Se trata del 170 de 2010 Cámara – 54 de 2010 Senado, “por el cual se implementa el retén social, que garantiza la estabilidad laboral a grupos vulnerables y se dictan otras disposiciones”, radicado el 28 de julio de 2010 por los senadores Dilian Francisca Toro, de La U, y Avellaneda, del Polo, así como por el representante Berner Zambrano, de La U.
Según el Tribunal, el Legislativo deberá corregir la votación en bloque (a pupitrazo) que efectuaron en el último debate, pues la ley señala que debe ser con voto nominal.
La iniciativa había llegado a examen constitucional por objeciones interpuestas por el Presidente de la República, argumentando falta de presupuesto para hacerla posible.
Después que el Congreso subsane los vicios de forma, el proyecto retornará a la Corte para que sean examinadas las objeciones.
La iniciativa expone que las entidades oficiales que están en proceso de liquidación no podrán despedir a los funcionarios que hagan parte de una población vulnerable y que les hagan falta pocos meses para adquirir la pensión.
Discriminación
La exclusión, como conducta penal, de la discriminación por motivos de orientación política, filosófica o religiosa, tal como lo propuso la Presidencia de la República, fue lo que aprobó el Congreso el 9 de noviembre.
En todo caso, la Ley 1482 de 2011, sancionada el 30 de noviembre por el presidente Juan Manuel Santos, castiga con prisión de hasta 3 años y multas de hasta 8 millones de pesos, a quien arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, etnia, nacionalidad, sexo u orientación sexual.
El proyecto, que inicialmente solo castigaba la discriminación racial, amplió el concepto para abarcar otros tipos de segregación. Fue el 165 de 2010 Cámara – 08 de 2010 Senado, “por medio del cual se modifica el Código Penal y se establecen otras disposiciones”, radicado el 20 de julio de 2010 por la representante Díaz y el senador Baena, del MIRA.
Tras ser aprobada la conciliación en septiembre, sorpresivamente el Gobierno anunció el 25 de octubre que, examinada la constitucionalidad del tipo penal que resultó aprobado en el Congreso denominado “actos de racismo y discriminación”, el Ejecutivo encontró que la conducta descrita y penalizada en el proyecto de ley, en cuanto se refiere a discriminación por motivos religiosos o de orientación política o filosófica, infringía el principio de legalidad en materia penal, pues es imposible para los destinatarios de la norma conocer cuándo incurren en el delito.
UNA REGLA ESENCIAL
Por : José Gregorio Hernández Galindo
La realización de la democracia y del Estado de Derecho, y la convivencia social, son imposibles si los asociados, y en especial quienes ejercen poder o autoridad, o aquellos particulares que influyen en la opinión pública, no se comprometen a respetar las reglas de juego, ya que justamente el concepto esencial de la forma de gobierno que hemos escogido reside en la existencia de una delimitación normativa plasmada en la Constitución y las leyes, con cuya observancia toda la comunidad está comprometida. Ese es el pacto, y el sistema democrático fracasa si las reglas de juego se quebrantan.
Una de las más importantes de esas reglas consiste en la sujeción de toda la colectividad a las decisiones que adoptan, dentro de sus competencias y previo un debido proceso, los integrantes de la rama judicial, a quienes el sistema jurídico confiere autoridad para decidir acerca de los asuntos en que así lo contemplen la Constitución y las leyes: los jueces y tribunales. Ellos administran justicia a nombre del Estado y sus decisiones son vinculantes.
En concordancia con ello, y por necesaria contrapartida garantizada mediante la coercibilidad de las normas jurídicas, los ciudadanos y las autoridades se obligan a acatar las sentencias judiciales y a su cabal cumplimiento. Para el efecto no se necesita que compartan las razones de los jueces o los fundamentos de sus providencias.
Cuando se acude a un juez o a un tribunal para que resuelva sobre un punto de Derecho; para que establezca la responsabilidad penal de alguien; para que solucione un conflicto; para que aplique dentro de su autonomía funcional una cierta disposición a unos hechos determinados, los afectados positiva o negativamente con el fallo están sometidos de antemano al sentido de la decisión, sin perjuicio -claro está- de ejercer los recursos y de expresar los motivos de disenso. Pero es entendido -y esa es la esencia del sistema vigente- que nadie expresará su critica irrespetando a los jueces, llamando al desacato, ni quebrantando los postulados básicos.
Desde luego, la academia puede, en ejercicio del libre examen que le atañe, apartarse de la argumentación judicial y señalar las equivocaciones en que haya podido incurrir el juez, pero sin romper el naipe, como lo hacen los malos jugadores.
Por todo ello, ciertas actitudes asumidas en estos días por importantes personajes ponen en peligro la democracia, el Estado de Derecho y la convivencia social.
CMI
ATENCIÓN, SEÑORES PARLAMENTARIOS: ENCOMIÉNDENSE A SAN FRANCISCO...
Porque la Corte Constitucional revisará desde mañana su estrambótico régimen de pensiones.
En el año 1992 se dictó, por parte del Congreso, la ley cuarta, que estableció un régimen especial para las pensiones de los parlamentarios.
Según esa ley, esas pensiones no pueden ser inferiores al 75 % del ingreso mensual promedio que durante el último año y por todo concepto, hasta viáticos de viajecitos al exterior, primas, subsidios, etcétera, perciba el congresista.
Esa ley, muy, pero muy, pero requete muy favorable a los honorables parlamentarios, contrasta con lo que ocurre con los demás pensionados; a estos se les liquida la pensión dependiendo de sus aportes promedio de los últimos 10 años. La Ley 4.a del 92 ni siquiera trató de ocultar la aberrante preferencia a los parlamentarios, cuando han podido disimular, extendiendo sus beneficios al resto de los pensionados.
Pero aquí hay que recordar lo siguiente: en el año 2005 se reformó la Constitución mediante el acto legislativo #1, que acabó con todos los regímenes especiales, salvo el del presidente y los de los miembros de la fuerza pública. Y los parlamentarios, calladitos, songo sorongo, mantuvieron su régimen excepcional mamándole gallo (y perdón por la expresión, pero no hallo otra) a la Constitución.
Pues bien, la honorable Corte Constitucional iniciará mañana el estudio sobre si ese régimen especial de los parlamentarios se ajusta o no a la Constitución y sobre todo si los congresistas que tienen altas pensiones hoy, tienen derecho a ellas y desde cuándo.
Ayyyyyayayyyayyyayyy, parlamentarios avispados... Menos mal que la Corte Constitucional ha dado muchísimas pruebas de que no cede a presiones de ninguno de los poderes.
VUELVE EL CHOQUE DE TRENES
La Corte Constitucional tumba sentencia de un juez, avalada por la Corte Suprema, sobre derechos al patrimonio de parejas homosexuales.
Quienes creían que el choque de trenes, es decir, el enfrentamiento entre las altas Cortes, había terminado, están más que equivocados.
La Corte Constitucional ha vuelto a tumbar sentencias de la Corte Suprema.
Hoy se trata de lo siguiente: la Sala Civil de la Corte Suprema dictó una sentencia por una tutela que presentó un ciudadano, reclamando que se le reconociera la unión marital de hecho que existió con su compañero permanente durante 26 años. Ese reconocimiento le daría derecho a la mitad de los bienes que poseía esa unión.
La Corte Suprema le dio la razón a un juez que negó las pretensiones del demandante, es decir, no reconoció la unión marital de hecho de dos personas del mismo sexo, y exigió una escritura pública suscrita ante notario. El juez no aceptó como prueba los testimonios de familiares y amigos que presentó el tutelante.
Al respaldar la Corte Suprema la decisión del juez, negó la tutela. El demandante recurrió entonces ante la Corte Constitucional.
Y la Corte Constitucional, que sigue actuando como tribunal de última instancia en materia de fallos de tutela, tumbó la sentencia de la Corte y ordenó que el juez revise la sentencia y falle a favor del ciudadano demandante.
Eso es lo que aún se llama choque de trenes y ahí está la Corte Constitucional corrigiendo errores de jueces.